Venda Sexy y exfábrica Fasacal: territorios de memorias denegadas


Bárbara Lima

Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Buenos Aires, Argentina.

Carlos Flores

Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Buenos Aires, Argentina.

Javier Rodríguez

Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Buenos Aires, Argentina.

Recibido: 27 de marzo de 2023. Aceptado: 25 de septiembre de 2023.

Resumen

Tras las últimas dictaduras militares ocurridas en Chile (1973-1990) y Argentina (1976-1983), nos encontramos con procesos sociales que movilizan sentidos sobre la violencia política del pasado reciente e impulsan las políticas de memoria llevadas a cabo por el Estado y por la sociedad civil. En este sentido, este trabajo es una primera aproximación al análisis de los casos de la Venda Sexy y la ex fábrica Fasacal, territorios que evocan memorias denegadas en cuanto a la complicidad empresarial y a la violencia política sexual. No cuentan con agencia activa por parte del Estado, de modo que son, a su vez, reivindicados por la sociedad civil, que ocupa un rol protagónico en la conformación de emprendimientos de memoria. Se observa que la demanda social por el reconocimiento institucional como sitios de memoria sigue siendo central en la agenda política de actores y grupos sociales, sin embargo, la institucionalización como dispositivo aislado no garantiza la promoción y el resguardo por parte del Estado. Es por medio de la agencia de la sociedad civil que se activa, en el presente, la dinámica por las significaciones en torno a los derechos humanos y las reparaciones judiciales a partir de estos territorios de memoria.

PALABRAS CLAVE: TERRITORIOS DE MEMORIA. SOCIEDAD CIVIL. VENDA SEXY. FASACAL.

Venda Sexy and ex Fasacal factory: denied memory territories

Abstract

After the last military dictatorships that occurred in Chile (1973-1990) and Argentina (1976-1983), we find social processes that mobilize meanings about the political violence of the recent past and promote memory policies carried out by the State and by the civil society. In this sense, this work is a first approximation of analysis of the cases of the Venda Sexy and the former Fasacal factory, territories that evoke denied memories in terms of business complicity and sexual political violence, they do not have an active agency. by the State, are in turn claimed by actors and social groups that play a leading role in the formation of memory endeavors. It is observed that the social demand for institutional recognition of these spaces as sites of memory continues to be central to the political agenda; however, their institutionalization does not guarantee constant promotion and protection by the Chilean and Argentine State. So it is through the agency of civil society that the dynamics are activated in the present due to the meanings around human rights and judicial reparations from these territories of memory.

KEYWORDS: TERRITORIES OF MEMORY. CIVIL SOCIETY. VENDA SEXY. FASACAL.

Venda Sexy y ex fábrica Fasacal: territórios de memórias denegadas

Resumo

Após as últimas ditaduras militares ocorridas no Chile (1973-1990) e na Argentina (1976-1983), nos encontramos com processos sociais que mobilizam sentidos acerca da violência política sobre o passado recente e impulsionam as políticas de memória concretizadas pelo Estado e pela sociedade civil. Nesse sentido, este trabalho é uma primeira aproximação de análise dos casos da Venda Sexy e da ex fábrica Fasacal, territórios que evocam memórias denegadas referentes à cumplicidade empresarial e à violência política sexual, não contam com agência ativa por parte do Estado, de modo que por outro lado, são reivindicados pela sociedade civil que desempenha um papel de protagonista na conformação de empreendimentos de memória. Observa-se que a demanda social pelo reconhecimento institucional como sítios de memória continua sendo central na agenda política dos atores e grupos sociais, no entanto, a institucionalização como dispositivo isolado não garante a promoção e resguardo por parte do Estado. De forma que é por meio da atuação da sociedade civil que se ativa no presente a dinâmica em torno às significações em relação aos direitos humanos, as reparações judiciais a partir destes territórios de memória.

PALAVRAS-CHAVE: TERRITÓRIOS DE MEMÓRIA. SOCIEDADE CIVIL. VENDA SEXY. FASACAL.

Introducción

Este trabajo aborda, a partir de dos experiencias posdictatoriales del Cono Sur, los casos de la Venda Sexy en Chile y la exfábrica de cal Fasacal en Argentina, los cuales presentan la materialidad y el emprendimiento de la memoria como elementos de tensión. Así, buscamos comprender, desde las formas del accionar estatal y de actores de la sociedad civil, los movimientos en torno a su recuperación y institucionalización como sitios de memoria. En este sentido, revisamos las respectivas leyes nacionales –chilena y argentina– que versan sobre la gestión de los espacios en que ocurrieron crímenes de lesa humanidad, así como abordamos la interacción de la sociedad civil con ambos espacios. Siguiendo a Besse (2019:25), comprendemos las políticas de memoria como fruto del trabajo colectivo, en que éstas poseen una “estrecha relación con el derecho al sentido y, por consiguiente, se trata de políticas complejas cuyos efectos inciden en lo público, en lo privado y en lo íntimo”. Es decir, no son oriundas de la exclusiva responsabilidad estatal, sino que se confrontan, se articulan y se transforman de diferentes maneras a partir de las demandas de determinados actores y grupos sociales.

Asimismo, el recorte espacial y temático se dio por la inquietud inicial de que, en estos contextos, la legislación nacional que rige actúa de forma distinta en relación con el reconocimiento institucional de estos territorios. Por un lado, la Venda Sexy es reconocida como sitio de memoria, por otro lado, la exfábrica Fasacal no tiene tal atributo. No obstante, aun con el reconocimiento de uno de los territorios, no se evidencia una activa acción por parte del Estado en ambos locales. Esta situación generó el interés de investigar el contraste de la agenda política entre los gobiernos nacionales y la sociedad civil, en el cual se evidencia un creciente protagonismo frente a las demandas exigidas y las acciones llevadas a cabo por colectivos sociales en ambos territorios de memoria.

Frente a este panorama, nos hallamos con Escolar (2000), quien infiere que los procesos que atraviesan las instituciones no son homogéneos ni exentos de la distribución desigual de poder, de forma que el reconocimiento institucional de un lugar de memoria por parte del Estado no necesariamente garantiza políticas de memorias fuertes, constantes o equitativas. De esta manera, no se trata de leer dicotómicamente al Estado y a la sociedad civil –en sus más plurales formas de organización política– como actores necesariamente antagónicos, sino más bien “se trata de dilucidar las relaciones de poder verticales y horizontales y la naturaleza de los conflictos que se incuban allí” (Escolar, 2000:34). Con eso, planteamos pensar que la agencia por parte del Estado o de los actores y movimientos sociales no se anulan, más bien, se articulan y se chocan en un movimiento intrínseco a la dinámica de territorialización de las memorias. En los términos de lo que nos señala Messina (2019), la agencia social va enfrentándose y relacionándose con los procesos de burocratización que a su vez le confiere status de institucionalidad en un amplio entramado que es particular en cada caso y escala.

Así, al observar la dinámica que concierne a las políticas de memoria en el ámbito de los Estados latinoamericanos, en este caso de Chile y Argentina, vemos, tal como sostiene Elizabeth Jelin (2018), que la memoria social y las apropiaciones del pasado no son procesos lineales o progresivos. Este recorte temático, por lo tanto, no pretende plantear un análisis cristalizado, sino interpretar un retrato del tiempo presente que seguirá en constante movimiento. A este respecto, nos apoyaremos en Michelle Pollak (2006) y en Ludmila da Silva Catela (2001, 2011, 2014) para pensar las relaciones entre la memoria y la historia reciente, además de permitirnos reflexionar sobre lo que conlleva el reconocimiento estatal de los espacios como sitios de memoria y evaluar la centralidad que se otorga a algunos territorios en detrimento de otros.

En el primer apartado, introduciremos las aproximaciones a las leyes que regulan las políticas públicas sobre la memoria en los respectivos países. En el segundo, nos adentraremos en analizar la Venda Sexy como sitio de memoria en cuanto a su historia en particular, el resultado de la aplicación de la legislación nacional en el inmueble y la caracterización de los sujetos políticos implicados en el emprendimiento de la memoria en este territorio. En el tercer apartado, contextualizaremos lo sucedido en la exfábrica Fasacal y la implicación que ha tenido de acuerdo con la legislación de los sitios de memoria en Argentina, así como estudiaremos el testimonio en particular de un vecino del lugar y ex detenido-sobreviviente de la última dictadura del país. Por último, sobre la base de estos análisis, caracterizaremos los emprendimientos de la memoria llevados a cabo en estos sitios, reflexionando sobre la de-negación que sufrieron por parte del Estado y el rol clave que adquirió una parte de la sociedad civil para sus recuperaciones.

Aproximaciones a los procesos de institucionalización

Las políticas de memoria como escenarios conflictivos involucran complejos procesos y actores que intervienen en su trabajo de construcción y formalización. Contemplan así la acción de los emprendedores de la memoria en “el uso político y público que se hace de la memoria” (Jelin, 2002:50) y se inscriben en las disputas de forma intrínseca al establecimiento de determinados proyectos de memoria. Según pondera Balé (2024:2) a partir del caso argentino, “las políticas de memoria han tomado formas muy variadas y han experimentado avances y retrocesos”, de forma que para el caso chileno también podemos observar, según Escariz (2022), que su concretización es inherente a los emprendimientos que poseen necesariamente un carácter colectivo y dirigido a la esfera política para su oficialización, tensionando el vínculo estado-sociedad.

De esta forma, es fructífero saber si existen emprendimientos efectivos en los territorios por parte de los Estados nacionales chileno y argentino, y cuáles son las disputas en torno a los proyectos vinculados. Así, en primer lugar, revisaremos la reglamentación vigente en Chile en torno a las características que denominan los territorios de memoria; en segundo lugar, analizaremos la legislación argentina en cuanto a la norma de señalización de estos espacios, para reflexionar a modo de hipótesis sobre la efectividad de tales políticas.

En Chile, vemos que no existe una ley específica referida a los sitios de memoria relacionados con las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar. Ante este vacío legal, se ha aplicado principalmente la Ley N° 17.288, que atañe a los monumentos nacionales, además de otras normativas inferiores (Escariz, 2022). De esta forma, para definir a los sitios se utilizan los estándares señalados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), cuya Resolución 3/2019 - Principios sobre Políticas Públicas de Memoria en las Américas,1 establece:

Se entiende por Sitios de Memoria a todos aquellos lugares donde se cometieron graves violaciones a los derechos humanos, o donde se padecieron o resistieron esas violaciones, o que por algún motivo las víctimas o las comunidades locales consideran que el lugar puede rendir memoria a esos acontecimientos y que son utilizados para repensar, recuperar y transmitir sobre procesos traumáticos, y/o para homenajear y reparar a las víctimas. (CIDH, 2019:6)

En el caso argentino, la Ley 26.691/2011, Preservación, Señalización y Difusión de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado,2 es la normativa nacional aprobada por el Congreso que reglamenta sobre estos espacios:

ARTICULO 1º - Declárense Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado, en adelante Sitios, a los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta el 10 de diciembre de 1983. (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2011)

De esta forma, apreciamos que tanto en Chile como en Argentina no existe una ley de memoria histórica que legisle en torno al tratamiento de los crímenes del pasado reciente y todos los aspectos que conllevó, sino que se desarrollaron con el tiempo distintas políticas específicas que tuvieron como objetivo abarcar las diversas temáticas mediante el resguardo, promoción y difusión de los derechos humanos. Una de estas fue el tratamiento de los sitios de memoria, cuyas principales políticas les otorgan una definición institucional y se centran en la preservación, señalización y difusión de estos.

En ambas definiciones podemos observar que se otorga sustancialmente el reconocimiento a los territorios en los cuales se cometieron crímenes de lesa humanidad. Como señala el presente trabajo, tanto en la Venda Sexy como en la exfábrica Fasacal ocurrieron violaciones a derechos humanos bajo las dictaduras cívico-militares. Sin embargo, solamente el Estado chileno marcó a la Venda Sexy como sitio de memoria, mientras que la fábrica Fasacal no goza de dicho reconocimiento por parte del Estado argentino. Frente a eso, es necesario indagar el porqué de esta situación, siendo imprescindible la revisión de tales determinaciones estatales como un ejercicio de diálogo hacia un horizonte democrático.

De esta manera, es importante aclarar las interpretaciones jurídicas sobre el entendimiento acerca de las políticas de memoria llevadas a cabo en los sitios. La Resolución 3/2019 de la CIDH que atañe a Chile infiere:

Se entiende por políticas públicas de memoria a las distintas intervenciones, sustentadas en evidencia documental y testimonial, y forjadas con la participación de las víctimas y sociedad civil, que se encuentran abocadas al reconocimiento estatal de los hechos y de su responsabilidad por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas, la reivindicación y conservación de la memoria y dignidad de las víctimas, la difusión y preservación de la memoria histórica y a la promoción de una cultura de derechos humanos y democracia orientada a la no repetición de los hechos; Se entiende por iniciativas de memoria de carácter educativo, cultural o de otra naturaleza las intervenciones estatales y no estatales orientadas a promover los objetivos de las políticas públicas de memoria. (CIDH, 2019:6)

Tal como en el caso chileno, la situación en Argentina, reglamentada por la Ley 26.691/2011, también destaca la necesidad de la protección de estos espacios, la transmisión de la memoria y el trabajo con enfoque de derechos humanos como marco de la democracia, situándolos como los principales pilares de los trabajos de la memoria que deben desarrollarse en los sitios. En el artículo quinto y sexto de la ley se señala:

c) Transmitir la memoria histórica de los hechos ocurridos durante el terrorismo de Estado y especialmente las violaciones a los derechos humanos cometidas en los Sitios; d) Coordinar con organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, competentes en el área de promoción y defensa de derechos humanos, programas, actividades y acciones comprendidas en el espíritu de la presente ley.

[…]

b) Promover todo tipo de actividades educativas, de investigación, capacitación y difusión relacionadas con los hechos allí acaecidos, así como también, relacionados con la defensa irrestricta de los derechos humanos y la plena participación ciudadana como pilares del sistema democrático. (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2011)

Como se observa, las orientaciones legales denotan que la agencia estatal, por medio de la consolidación de políticas de memoria, debería ser imperante en los espacios donde ocurrieron crímenes de lesa humanidad. Además, debe haber una relación directa entre el reconocimiento de un territorio como sitio de memoria y la determinación de agencia estatal, por lo que, si no hay reconocimiento en los lugares, estos no serán fomentados como tales.

A partir de esta aproximación a los reglamentos nacionales que corresponden a los sitios de memoria, podemos inferir sobre los dos contextos que aluden a la relación entre el reconocimiento estatal frente a la agencia del Estado y de la sociedad civil. Primero, la Venda Sexy, institucionalizada como sitio de memoria por el Estado chileno y, segundo, la exfábrica Fasacal, que no tiene tal atributo. Estos territorios de memoria, que difieren en sus rangos de reconocimiento estatal, se encuentran en cuanto a la falta de agencia por parte de ambos estados nacionales. Con eso, nos hallamos frente a la complejidad que involucran los procesos de recuperación y emprendimientos de memoria. Es cierto que la institucionalización de un local como sitio de memoria ya representaría determinado grado de agencia por parte del Estado, sin embargo, como vemos en el caso de la Venda Sexy, la falta de constancia de acciones estatales la asemeja a una condición muy próxima a la exfábrica Fasacal, aún no reconocida como tal.

Así, cuando nos dedicamos a reflejar precisamente los contextos de la Venda Sexy y ex Fasacal, podemos inferir que la señalización estatal, como dispositivo aislado, no logra atender a demandas políticas por la memoria, pero que a la vez se presenta como un marco importante e imprescindible para construir las vías legales que sostienen que las demandas sociales sean verificadas (Nora, 1993) en el proceso de los emprendimientos de memoria, siendo aún una herramienta poderosa y reivindicada por la sociedad civil. Tal como se evidencia en el caso de Fasacal, encontrándose en un período de conformación de su narrativa mediante disputas en las vías legales, sociales y de investigación histórica.

De esa forma, frente a este entramado dialéctico que atañe a la institucionalidad, se suma de manera crucial el enlace que anuda Venda Sexy y Fasacal: evocan memorias denegadas sobre la violencia política sexual y la complicidad empresarial en el ámbito de los usos públicos de la memoria (Traverso, 2017). Con eso, tal falta de emprendimientos de memoria en ambos territorios no refleja meramente una ineficiencia por parte del Estado y una demanda por parte de la sociedad civil, sino que también se plasma a un cuadro más amplio que concierne a la propia historicidad y formalización de políticas de derechos humanos en Argentina, como atañe Alonso (2022), de manera que activan estos sentidos del pasado reciente en el presente.

Asimismo, Pollak (1989) plantea la reflexión sobre cómo se definen, a partir de este escenario conflictivo, memorias que se vuelven dominantes a través del discurso oficial y memorias que se mantienen subterráneas. Esto lo retoma Da Silva Catela (2014), quien instituye una relectura del período posdictatorial argentino, acuñando la noción de “territorios de memoria” para referirse a los sentidos y a las clasificaciones sobre el pasado en clave de conflicto y, sobre todo, a la disputa para comprender el contexto en que mientras el Estado habría impuesto decretos y leyes para el perdón y el olvido, diversos grupos e instituciones respondían con una batalla por la memoria y la verdad. De ahí, la autora propone un marco conceptual en el cual figuran tres tópicos: las memorias dominantes y cortas, las memorias subterráneas y largas, y finalmente las memorias denegadas.

Estas memorias implican, además, formas ideológicas que, utilizadas como banderas políticas de denuncia o de visibilidad, van más allá del recuerdo o los sentidos concretos dados al pasado. Si bien todas son iguales frente al análisis, desde un punto de vista social y político son muy diferentes, están diversamente jerarquizadas y opuestas por relaciones de dominación, formas de visibilidad y legitimidades públicas. Finalmente, es necesario decir que el proceso que lleva al análisis e interpretación de estas memorias no significa justificar ni valorar moralmente las acciones y prácticas que ellas recuerdan o defienden. (Da Silva Catela, 2011:104)

De esta forma, nos enfocaremos en las memorias denegadas, concepto que en un primer momento fue utilizado para analizar los recuerdos y relatos de los victimarios de la guerrilla, pero que en nuestra propuesta recuperamos para pensar cómo las memorias son denegadas por la falta de agencia estatal formalizadas en políticas de memoria. Es decir, no se trata necesariamente de afrontarlas como sinónimos de memorias subterráneas o como parte de un grupo social determinado, ya que estás siguen conviviendo en su determinado grado de complejidad, sino de ampliar su concepción y apreciarlas como memorias desplazadas por parte del Estado, tratándose de la Venda Sexy, en el marco de la invisibilización de las memorias de la violencia política sexual y de Fasacal, en la negación de la justicia de no perseverar en las denuncias, por tener solamente un testigo, para esclarecer la complicidad empresarial con la dictadura.

Venda Sexy, Chile

El período posdictatorial chileno se caracterizó por la transición pactada entre militares y partidos políticos tras el plebiscito de 1988, el cual dio como resultado la salida institucional del dictador Augusto Pinochet Ugarte. El proceso fue llevado a cabo por la Concertación de Partidos por la Democracia, una coalición de partidos políticos de izquierda, centro-izquierda y centro, que lideraron el nuevo gobierno bajo consignas democráticas y garantías institucionales para generar políticas de memoria, reparación y no-repetición. Sin embargo, la aún vigente presencia militar en la esfera política, sumada a los sectores adinerados y beneficiados por la dictadura, obstaculizaron cambios y reformas en la época, así como la anhelada verdad y justicia para las víctimas y familiares, atrincherándose en un rol de oposición y generando una “democracia militarizada” (Stern, 2009).

El silencio institucional fue la práctica recurrente en una democracia “ensombrecida” por la omnipresencia militar, siendo así la sociedad civil la que activó la memoria y presionó al Estado para llevar a cabo políticas de reparación y fomento a la actividad cultural. En este contexto, las luchas por la memoria se dieron entre los grupos que, por un lado, reivindicaron el actuar del régimen militar por “salvar” a Chile del desastre comunista y, por otro lado, buscaron la verdad y justicia para las víctimas y familiares de los horrores cometidos por la dictadura.

Este sería un impasse de la memoria, en palabras de Steve Stern (2009), que ha implicado en la lucha contra la indiferencia por parte de los actores sociales que no olvidaron las atrocidades cometidas en el periodo. Así, la “amnesia” de los sectores beneficiados que buscaron salvar el pellejo político de los implicados en la memoria “sucia” fue lentamente develada por la sociedad civil que desenredó este impasse e impuso sus remembranzas en las nuevas narrativas de la memoria oficial.

La casa de la calle Irán #3037 ejemplifica los pactos y silencios que significó la transición democrática en Chile, forzando al olvido lo sucedido en este centro clandestino de detención y evidenciando una nula agencia para reivindicarla como un espacio de memoria. Esta propiedad, ubicada en la comuna de Macul en la Región Metropolitana de Chile, fue escenario de inenarrables torturas por parte de los organismos de inteligencia de la dictadura cívico-militar de Augusto Pinochet (Figura 1).3

Figura 1. Centro de Tortura La Venda Sexy. Fuente: Consejo de Monumentos Nacionales de Chile (2016).

Si bien este territorio formó parte del circuito de centros clandestinos de detención en la capital, se distingue de los demás por el enfático uso de la violencia política sexual ejercida a los y sobre todo a las detenidas en el recinto: aplicación de electricidad en los genitales, abusos sexuales, embarazos y abortos forzados, violaciones e incluso la utilización de animales para tales vejaciones, entre otras, fueron algunos de los métodos utilizados en este lugar. Estas prácticas a los y las prisioneras del lugar, marcaron una evolución en las formas de tortura, las cuales ya no solo buscaban extraer información a toda costa, sino que también “quebrar” a las personas desde lo más profundo de su intimidad.

La denominación con la cual se conoce al sitio se debe a la jerga utilizada por los mismos agentes para referirse a este, ya que las víctimas permanecían desnudas y con los ojos vendados mientras eran sometidas a vejaciones, tratos humillantes y agresiones sexuales, siendo este tipo de tortura el preferente, tal como se señala en el Informe Valech.4 El hecho de vendar los ojos a las víctimas fue tan significativo que le dio una identidad particular al lugar, como también el carácter sexual de las vejaciones la distinguió de las otras violencias políticas ocurridas en dictadura. En este sentido, el hecho de poner la venda sobre los ojos del prisionero marca un primer momento de quiebre con el pasado, señalando a la víctima que ya no gozará de las condiciones de vida ni del estatus de antes (Montalva, 2013).

Los horrores cometidos en este inmueble evidencian una parte de la política represora de la dictadura chilena, cuyo objetivo era eliminar la “subversión” a toda costa. La violencia política sexual ejercida a hombres y mujeres en este espacio respondió a una técnica de tortura particular que buscó feminizar los cuerpos, hacerlos frágiles y vulnerables, para generar una posición de subordinado “degradando la masculinidad del cuerpo masculino a uno femenino” dentro de la lógica patriarcal (Maldonado, 2018). De esta manera, se conjugaron los aspectos de, por una parte, la instauración de valores sociales basados en lógicas binarias y, por otra parte, la aplicación de torturas a partir de la institucionalización del abuso y la violación para someter, quebrar y despojar de emocionalidad los cuerpos de los prisioneros (Sáez Cárcamo, 2022).

El organismo a cargo de los procedimientos y del lugar era la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), la policía secreta del régimen dictatorial hasta finales de la década del setenta, cuyos integrantes eran parte de las Fuerzas Armadas y Orden Público. El periodo en el cual funcionó este centro clandestino de detención data entre 1974 y 1977, albergando aproximadamente a 90 prisioneros y prisioneras, mayoritariamente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y del Partido Socialista (PS). Así bien, se calcula que un tercio de las víctimas que pasaron por el lugar fueron mujeres y alrededor de 27 personas fueron desaparecidas.

La Discotheque –también conocida así debido al alto volumen de la música ambiental de forma permanente para ocultar los gritos de las víctimas– consta con dos pisos de alto, patio delantero y trasero y subterráneo.5 En la planta baja hay un hall de distribución y una amplia escalera de mármol que conduce al segundo piso, un comedor en desnivel, un escritorio, un baño de visitas con una pequeña ventana y una cocina que da a un patio de servicio por donde se accede al subterráneo. Arriba, existen tres dormitorios y el baño principal. Los y las prisioneras eran ingresadas con vendas y lentes oscuros en automóviles que aparcaban en el patio, posteriormente pasaban a la sala principal para ser identificados y finalmente separados según sexo en dos habitaciones del segundo piso, en las cuales se cometían los actos tortuosos. El subterráneo era utilizado para realizar vejaciones sexuales a mujeres con un perro adiestrado llamado “Volodia” –en alusión a un alto dirigente del Partido Comunista de Chile– manipulado por la oficial de Carabineros Ingrid Olderock Bernhardt.

El uso de construcciones públicas y privadas por parte de las instituciones represivas para detener, torturar y desaparecer personas, fue una práctica constante durante el régimen militar, evidenciando el carácter clandestino de su actuar. Sin embargo, la historia anterior de este lugar es distinta a su uso dado como centro de torturas. Hasta 1974, la casa fue el hogar de la familia Muñoz Muñoz y era utilizada con fines residenciales, debido a su buena ubicación y tamaño. No obstante, tenían un integrante del Partido Comunista, por lo que el arribo del gobierno de facto, los impulsó a exiliarse un tiempo. Tras su partida, decidieron poner el inmueble en arriendo mediante un corredor de propiedades y, finalmente, fue alquilada por el teniente de Carabineros Miguel Hernández Oyarzo, miembro de la DINA.

En un primer momento, la casa fue utilizada como “residencia de paso” para policías de otras provincias que debían hospedarse en la capital, pero al intensificarse la violencia política, se transformó en el centro clandestino de tortura (Hermosilla, 2019). Así bien, tras enterarse de los horrores cometidos a los adversarios políticos del régimen en este lugar, la familia decidió vender el inmueble en 1981, aún en plena dictadura. La casa fue comprada por una familia vecina del barrio, que decidió poner en arriendo –sin éxito en ninguna ocasión– las habitaciones a estudiantes y, después, alquilarla a un jardín infantil. En este sentido, es necesario señalar que cuando las personas se enteraban de lo sucedido en el lugar, se marchaban rápidamente. Finalmente, el inmueble fue adquirido por un empresario quien vivió varios años ahí con su familia hasta ser vendido a una inmobiliaria en el año 2019.

Es importante señalar que la Venda Sexy fue declarada Monumento Histórico por el Consejo de Monumentos Nacionales de Chile en 2016, debido a su significativo valor como sitio de memoria acorde a los fundamentos patrimoniales de la legislación nacional, como también por su contribución a la educación de los Derechos Humanos de la sociedad. Sin embargo, la posterior venta de la casa por parte de un privado muestra las falencias del Estado y la preocupación de las organizaciones civiles en torno al resguardo y preservación de los sitios de memoria en Chile. Si bien el gobierno liderado por Michelle Bachelet ofreció dinero al propietario legal para comprar el inmueble, éste no accedió a la suma, vendiendo el lugar a una sociedad anónima.

Acorde a la ley, el lugar no puede ser alterado ni modificado dado su resguardo como monumento amparado por el Ministerio de Educación. No obstante, que el inmueble sea una propiedad privada y no del Estado, a pesar de su resguardo mediante el Decreto Nº 277 de 2016,6 hace temer por su conservación, ya que el propietario legal puede actuar según su conveniencia, superponiendo así la propiedad privada por sobre un lugar con fines educativos. En definitiva, la compleja situación visibiliza la nula agencia del gobierno por recuperar el sitio y entregarlo a las víctimas o familiares, como también la falta de voluntad política para el financiamiento, preservación y resguardo de los sitios de memoria. Esto ya había sucedido antes con el centro clandestino de detención de José Domingo Cañas #1367, el cual fue vendido por su propietario y posteriormente demolido para construir un estacionamiento, durante el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle.

Cuesta creer la falta de emprendimiento de memoria por parte del Estado chileno en torno a la preservación de los lugares en los cuales se cometieron crímenes de lesa humanidad. Las memorias escondidas dentro del modelo impuesto por la dictadura y perpetuado por gran parte de los actores políticos en la década de los noventa, fueron transmitidas y conservadas mediante un trabajo subterráneo para finalmente generar un conflicto con la organización neoliberal y cuestionar su mismo espíritu (Traverso, 2017). Las reivindicaciones de los actores en torno al rechazo de las desigualdades producidas por el sistema económico, el individualismo, la privatización, etc., consolidaron una memoria colectiva que fue totalmente contradictoria a la razón neoliberal heredada del periodo militar, evidenciándose en la preservación autónoma de ciertos lugares por parte de la sociedad civil.

La situación se agrava si analizamos la particularidad de la Venda Sexy: la violencia política sexual ejercida hacia las mujeres en la dictadura y la lucha de las sobrevivientes por su visibilización. En este sentido, el proceso chileno en el cual se institucionalizó la memoria, llevada a cabo por organizaciones de derechos humanos, el Estado y la sociedad civil, conllevó a que las “memorias subterráneas” (Pollak, 1989) de las víctimas y familiares pasaran a ser “oficiales”, construyendo así una nueva narrativa histórica y a disputar con el Estado la “memoria dominante” (Da Silva Catela, 2014).

Sin embargo, estas transformaciones también tuvieron un efecto negativo en las disputas sobre el pasado, ya que dejaron fuera de la nueva narrativa a los relatos que no lograron imponerse con la misma fuerza en el espacio público, pasando a ser “memorias denegadas” (Da Silva Catela, 2014). Este fue el caso de la violencia política sexual ejercida hacia hombres y mujeres en la dictadura, ya que la mayoría de los crímenes de este tipo quedaron impunes, no se ahonda en el relato oficial una tipificación distinta sobre estos delitos, ni hay un espacio de memoria que reivindique la lucha femenina en el periodo dictatorial, entre otros.

Dentro de los campos y disputas por la memoria en la actualidad, podemos sostener que existe una falta de reconocimiento de las víctimas de la violencia política sexual ejercida en la dictadura chilena. Las “memorias no oficiales” de los y las sobrevivientes de la Venda Sexy constituyen un vacío y una problemática política dentro de las narrativas de la posdictadura, ya que no han sido visibilizadas en su totalidad dentro de la memoria social (Hermosilla, 2019:241). Estas “memorias no oficiales” pasaron a ser “denegadas”, en tanto fueron desplazadas por las nuevas memorias oficiales y reconocidas tras el fin de la dictadura. La deuda del Estado con este sitio de memoria se materializa en las precarias medidas de legislación, protección y financiamiento del centro clandestino de detención, la superposición de la propiedad privada por sobre los espacios de memoria y la impunidad y homogeneización de los crímenes sexuales que se cometieron en la dictadura (Figura 2). 7

Figura 2. Baldosa en homenaje a las víctimas. Fuente: Consejo de Monumentos Nacionales de Chile (2016).

En este sentido, se debe destacar la lucha femenina de colectivos como “Mujeres Sobrevivientes Siempre Resistentes”, “Feministas Autoconvocadas” y “Corporación Humanas”, entre otras, quienes han batallado por la recuperación de este espacio de resistencia frente a las instituciones para entregarlo a las víctimas y familiares, como también han luchado por la visibilización y justicia de los delitos sexuales cometidos en la dictadura, exigiendo una tipificación distinta a la violencia de género. De esta forma, la sociedad civil ha sido la que ha generado una mayor agencia y se ha superpuesto a los intereses neoliberales para generar un emprendimiento de la memoria en torno a la violencia política sexual mediante la resignificación, la lucha colectiva y la reivindicación de políticas en materias de derechos humanos.

La exfábrica de cal Fasacal, Argentina

La última dictadura militar en Argentina (1976-1983) se caracterizó por ser una de las dictaduras militares más severas en cuanto a sus técnicas represivas y número de víctimas. Calveiro (2004) destaca que este proceso no fue una extraña perversión, ni algo ajeno a la sociedad argentina y su historia, sino que forma parte de su trama, en que las características del poder establecido se observan en la conformación histórica del Estado argentino. Enfoques renovados además procuran profundizar las redes y conexiones con otros procesos históricos como Motta y Lvovich (2023) que buscan pensar de forma comparada el accionar represivo de forma regional en América Latina y Aguila (2023) que analiza la escala de violencia vivida en la última dictadura militar en sintonía con otros procesos de exterminio masivo desarrollados a escala global durante el siglo XX, categorizando esta experiencia como dictadura cívico-militar, terrorismo de Estado e, incluso, genocidio.

En este sentido, para abordar el caso argentino es necesario dilucidar que las características propias del proceso dictatorial a la transición democrática no han sido lineales y sin contradicciones. Como señala Franco (2018) la operación que permite iluminar las condiciones de la existencia y nominación de los espacios recuperados por parte de la sociedad civil, corresponde a un largo movimiento a veces dialógico y otras confrontativo, lo cual involucra reivindicaciones como silencios. Asimismo, refleja el establecimiento de las políticas de memoria y propriamente el régimen de historicidad en torno a este hecho histórico que representa la última dictadura militar. Lvovich y Bisquert (2008) al introducir aproximaciones entre historia y memoria señalan de forma precisa cómo han sido cambiantes las representaciones en torno a la memoria8 del terrorismo de estado en la sociedad argentina, dado que los sentidos sobre este pasado no quedan inmutables y fijos, sino que sufren influencias del presente en su conformación:

La relación de la memoria sobre el terrorismo estatal con la reinauguración de la democracia se vincula no sólo con el hecho concreto del fin de la dictadura sino, y especialmente, con la apertura de una coyuntura que permitió la visibilidad de otras miradas sobre es pasado reciente, silencias das previamente por un relato predominante que, desde el Estado, intentaba monopolizar el espacio público, aunque sin poder nunca evitar plenamente las fisuras. A partir de entonces y a lo largo de estos 25 años de vida democrática, diferentes memorias coexistieron y se enfrentaron, con el afán de convertir sus propios relatos sobre la última dictadura militar en los pre dominantes o hegemónicos. (Llovich y Bisquert, 2008:11)

Así, en esa dinámica de apropiaciones y representaciones de los significados del terrorismo de Estado, nos señala pertinentemente Pollak (1989) sobre la cristalización de determinadas memorias y su encuadre, los cuales traen consigo el ocultamiento de otras memorias. En tal proceso habitan y transitan las memorias denegadas en los pliegues de la historia oficial, infiriendo puntos de inflexión en los discursos y narrativas institucionales. Asimismo, se observa que los procesos de formalización de sitios de memoria en democracia dado entre los agentes de memoria que pueden ser de rango civil, estatal o de cogestión, conlleva tensiones que se desarrollan a través de procedimientos evaluativos que permiten verificar y legitimar su existencia como sitio oficial (Balé, 2022). Así nos encontramos con sitios no oficiales que carecen de reconocimiento estatal o que se encuentran en procesos de investigación. Por tanto, se hace pertinente iluminar sus condiciones, conflictos y procesos dialécticos entre el agenciamiento civil y el agenciamiento estatal. Precisamente, por esta razón ponemos el foco en la exfábrica de cal Fasacal.

La empresa Fasacal fue denunciada ante la Justicia Federal platense en junio de 2019 como un centro clandestino de detención, tortura y desaparición que funcionó durante los años 1974 y 1979. La exfábrica está ubicada en la calle 511 entre 25 y 26 en el barrio de Hernández, La Plata, y es propiedad de la familia Larran. Ha estado atravesada por diversos conflictos (Figura 3). 9

Figura 3. Exfábrica de cal Fasacal.
Fuente: Fotografía de Juan Cicale (2022).

Según vecinos,10 la exfábrica lleva abandonada más de 30 años, convirtiéndose en un basural a cielo abierto que ha sido denunciado innumerables veces. En 2012, un grupo de jóvenes cansados de sufrir esta problemática en el barrio decidió desarrollar un vivero experimental llamado “El Bosquecito” (Figura 4). 11 Esta asociación civil recuperó de manera autogestiva el terreno como un pulmón verde del barrio, donde realizaban una huerta, talleres y reproducción de semillas orgánicas y plantas. Pese a este uso alternativo, desde 2018 la familia Larran comenzó a hostigar y denunciar por usurpación a los miembros de la asociación civil. Finalmente, el 28 de junio de 2022 se concretó el desalojo, aunque pesaba una medida de no innovar en el predio debido a la denuncia de que era un centro clandestino de detención y tortura.


Figura 4. Bosquecito de Hernandez. Fuente: Nota al pie (2021).

Juan Carlos Guillermet, vecino de la exfábrica Fasacal y detenido-sobreviviente de la última dictadura, figura como único testigo oficial de los hechos y es quien realizó la denuncia. Al no existir más testigos actualmente en el caso Fasacal, resulta necesario enfocarnos en hechos fácticos de la historia de la empresa, sus propietarios, y así mismo, profundizar en el testimonio del denunciante.

Según el testimonio de Juan Carlos, recopilado por Estefanía Velo (2021), desde el año 1974 en el predio de la planta Fasacal él divisó diversos operativos realizados por personal de fuerzas de seguridad y militares a los que identificaba por los uniformes y los vehículos. Señala que los operativos se realizaban los fines de semana, generalmente de viernes a sábado, cuando la exfábrica no tenía actividad. Guillermet asegura que se podía distinguir la quema de cuerpos humanos por el olor nauseabundo que generaba, muy distinto al que provocaba el funcionamiento normal de la exfábrica. Al tiempo después, los represores empezaron a usar incienso para disimular el olor.

Sin embargo, la fuente testimonial no está exenta de dificultades. En los estudios de memoria, representa uno de los puntos que ha suscitado mayores controversias. Beatriz Sarlo (2005) ha trabajado cómo la exaltación pública del testimonio ha dificultado los procesos de construcción de memoria cuando estos no son analizados bajo la metodología científica de las ciencias sociales, criticando su superposición a los hechos de “facto” en lo que implica la conformación de un giro subjetivo. Por otro lado, existe un amplio campo que valora el rescate testimonial y su importancia para emprender procesos de reparación hacia las víctimas de la dictadura12. Evidenciar estas disputas dentro del campo de investigación nos permite apreciar la relevancia de los casos para las agendas investigativas sobre el pasado reciente. Pilar Calveiro (2004), sobreviviente exdesaparecida del terrorismo del Estado argentino, en un ejercicio opuesto al de Sarlo y en respuesta a la misma, dota de vigencia y politicidad al testimonio, proponiendo que cada testimonio es un universo completo que habla de sí y de los otros, avalando así la viabilidad en sus diversos usos y enfoques posibles. Traer una vez más estas tensiones en torno al testimonio nos permite tener presente que este representa un tema sensible, no solo en términos jurídicos, sino también como una discusión latente en el campo de estudio y construcción de memorias, lo cual afecta directamente el sentido que le podemos otorgar al testimonio de Juan Carlos Guillermet.

Para retomar el entramado en el que se inscribe el caso de la exfábrica Fasacal, es relevante recordar la sistemática y comprobada complicidad empresarial con la última dictadura militar (Basualdo, 2006). Es necesario aclarar que el dueño de Fasacal, Jorge Larran, fue el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de La Plata desde 1976 a 1983, lo que hace aún más urgente la investigación de los posibles vínculos entre la empresa Fasacal y su colaboración en casos de desaparición forzada por parte del terrorismo de Estado.

Además, un miembro de la familia Larran, actualmente, ejerce como Subsecretario de Gestión Ambiental local y es el titular de las denuncias por usurpación de la exfábrica. Después del desalojo del 28 de junio de 2022, el espacio ha sido intervenido por diversos trabajos, pese a las medidas solicitadas por el querellante patrocinado por la abogada Carolina Vilchez (integrante del colectivo de abogados La Maza), de resguardar los elementos de pruebas en el predio, es decir, que no haya ninguna remoción del terreno para rastrear y analizar la posibilidad de hallar restos humanos, según instituye la Ley Nº 26.691.13

La denuncia se dio a conocer en junio de 2019 a través del colectivo del organismo de derechos humanos “Justicia Ya!”, de La Plata, que exigió que se investiguen de manera urgente los hechos denunciados. La exigencia principal y más apremiante es que no se intervenga el territorio de funcionamiento de la exfábrica Fasacal. Además, se solicitó la intervención del Equipo Argentino de Antropología Forense para llevar adelante esa investigación.

Por todo esto, el testimonio del testigo Juan Carlos Guillermet se convierte en un elemento clave en la denuncia y para el desarrollo de la investigación. Ha emergido del anonimato para posibilitar la reconstrucción de esas memorias, silenciadas por la desaparición forzada. Considerando la realidad de cada país, es necesario valorar la valentía testimonial que ha permitido el inicio de un proceso investigativo, sin olvidar el amenazante antecedente de Jorge Julio López, que posteriormente a su declaración frente a un juez en 2006, fue desaparecido, lo que significó un mensaje claro y reinstaló el miedo a romper el silencio.

Además, en este mismo sentido, debemos tener en cuenta el hostigamiento y las distintas amenazas de las que fue víctima Guillermet: “En los años posteriores a mi declaración judicial, recibí distintas amenazas, agresiones y atentados contra mi vida y hogar que motivaron la designación por parte del juez, en el año 2013, de una custodia de la Policía Federal Argentina que se mantiene hasta la actualidad”.14

En cuanto al caso Fasacal, Juan Carlos nos cuenta: “los traslados se realizaban en camiones oficiales a veces, pero en su mayoría a través del tren de carga que ingresaba a la exfábrica. Las personas eran llevadas tanto vivas como muertas, en este caso personal armado descargaba y los tiraba directamente a los hornos que estaban prendidos y a donde la vía tenía descarga directa”.15 Datos que pueden corroborarse al conocer los planos y distribución de la exfábrica. Además, afirma que era “habitual escuchar las torturas que recibían las personas detenidas que ingresaban al lugar”.

Sin embargo, al ser actualmente el único testigo en dar cuenta del suceso frente a las autoridades, el caso Fasacal se ha visto enfrentado a dificultades que han entorpecido el proceso investigativo, ya que no existen más testimonios que corroboren o sustenten las afirmaciones de Guillermet.16 Lo que determina la imposibilidad del “contraste de testimonios sucesivos” (Pollak, 2006) para recuperar en lo inmediato la exfábrica y transformarla en un sitio de memoria, que en palabras del testigo permitiría que “los familiares, padres, madres hijos, cierren un ciclo y despidan a sus familiares desaparecidos”.

Será solo el proceso investigativo lo que llevará a esclarecer el caso. Por lo pronto, se debe valorar la valentía testimonial que potencia esta “memoria en disputa” (Pollak, 2006).17 Memorias subterráneas que circulan por esos canales informales de comunicación y que en el momento apropiado rompen el silencio impuesto por encuadre oficial para dar cuenta de lo no-dicho y de dar cuenta de las memorias denegadas. Fasacal, en este sentido, al tener apenas un testigo que no constituye una fuente “viable” para la denuncia jurídica frente a la inminente complicidad empresarial en la dictadura, por tanto, se considera una memoria denegada, siendo desplazada por el discurso e instituciones oficiales.

Consideraciones finales

Como hemos visto, el reconocimiento como sitio de memoria de un determinado territorio no implica un emprendimiento de memoria efectivo por parte del Estado, a pesar de los importantes avances en el establecimiento de políticas públicas de memoria. Así también, se hace evidente que, ante la ausencia del Estado, es la sociedad civil la que reivindica los sentidos y hace un emprendimiento de la memoria. Nos encontramos, por lo tanto, con dos casos de memorias denegadas, las cuales siguen disputando las significaciones ante los abusos sexuales, la complicidad patronal-empresarial con la última dictadura militar y la incesante tensión en torno al uso y validación de testimonios, elementos que aparecen como importantes marcos en las investigaciones acerca de la historia reciente para pensar las disputas contemporáneas en el plan político de Argentina y Chile.

En Chile, el camino de la indiferencia y del olvido pareció ser más cómodo que el del castigo a los responsables, dando la impresión de que fue un ajuste de cuentas entre los grupos políticos de la transición y el régimen militar, debido a los beneficios adquiridos por los primeros durante el periodo del horror. La verdad y la justicia “en la medida de lo posible” fue lo que primó mediante tibias condenas de los protagonistas políticos, tratando de incluir al mundo militar en la sociedad civil en vez de enjuiciar a los responsables.

En Argentina, como hemos señalado anteriormente, el proceso de transición democrática fue significativo a nivel latinoamericano, en tanto que las políticas de reparación a víctimas y familiares afectados por la última dictadura comenzaron a implementarse en las décadas de 1990 y 2000, antecedido por el acontecimiento del emblemático “Juicio a las Juntas”. En este contexto, tomó mayor relevancia la consigna de “Memoria, Verdad y Justicia”, acompañada del informe “Nunca Más”, los cuales marcaron la agenda política, tanto a nivel institucional como en las bases y movimientos sociales en los que la sociedad civil adquirió protagonismo.

En el desarrollo de este artículo, hemos podido establecer las características propias de cada uno de los casos y sus condiciones de posibilidad. Describiendo los puntos de conflicto, su situación en relación con el Estado, y los agentes activos en cada uno. Por esta razón se nos presenta la necesidad de establecer ciertas relaciones, puntos de intersección y de divergencia entre la Venda Sexy y la exfábrica Fasacal.

De manera más específica, podemos apreciar que el emprendimiento de la memoria en la Venda Sexy es ejercido con mayor fuerza por parte de la sociedad civil, en desmedro del Estado chileno. A pesar de ser un monumento histórico declarado, su condición de inmueble privado le quita la jurisdicción en torno a su preservación y usos y pone en peligro su integridad. El modelo neoliberal ha permitido que se impusieran los intereses particulares por sobre las políticas de memoria, a pesar de las garantías legales existentes en torno al resguardo de los sitios. En este sentido, la superposición de los intereses mercantiles inmobiliarios por sobre el derecho a la educación y a la memoria, visibiliza las falencias e intereses del Estado en torno al resguardo de los sitios de memoria y la falta de voluntad política para recuperar el sitio y entregarlo a víctimas y familiares.

La deuda se agrava si analizamos la especificidad y tipificación de los crímenes cometidos en este lugar, ya que da cuenta de la invisibilización de la violencia política sexual ejercida en dictadura debido a la homogeneización de la tortura. Es por esto que existe la necesidad, desde el Estado y la sociedad civil, de un emprendimiento de la memoria a través de un espacio que reivindique la lucha colectiva de las víctimas de este tipo de delitos y denuncie la impunidad que tuvieron los responsables, resignificando estas memorias denegadas que fueron desplazadas en los procesos de institucionalización.

En el caso de Fasacal, la comunidad también se ha involucrado frente al abandono de la exfábrica, promoviendo iniciativas autogestivas para revalorizar el espacio. Esto se refleja en la creación de un vivero experimental por parte de vecinos y jóvenes del sector, como una forma de reclamar un espacio mediante la acción colectiva. En este contexto, aparece la figura de Juan Carlos Guillermet, que, como miembro de la comunidad, decidió romper el silencio y denunciar los crímenes de lesa humanidad ocurridos en la exfábrica durante la última dictadura cívico-militar, como parte de la “acción ininterrumpida de clases de agentes que cotidianamente inventan y reivindican prácticas y representaciones” (Da Silva Catela, 2001:281). Por otro lado, enfatizamos que existe la necesidad de fomentar desde el Estado, un territorio tanto espacial como simbólico para que se desate la constante lucha que puede ampliar o restringir las posibilidades de acción y expresión de los actores y grupos.

Sin embargo, la existencia de un solo testigo dificulta la comprobación ante la justicia de los posibles vínculos entre la empresa Fasacal y el terrorismo de Estado. Es crucial realizar las investigaciones pertinentes para profundizar en los sucesos relatados por Juan Carlos, de acuerdo con lo establecido por la ley argentina, y llevar a cabo una investigación centrada en los acontecimientos ocurridos en Fasacal.

En ambos casos, la sociedad civil emerge como un actor fundamental en la lucha por la memoria y la restauración de la historia en estos territorios, manteniendo viva la conciencia histórica. A pesar de la similitud en la reivindicación social en la Venda Sexy y Fasacal, es importante señalar que la ausencia del Estado, si bien ha permitido la participación activa de la comunidad, también ha dejado a esta desprotegida legalmente frente a los conflictos de memoria, como lo evidencian los casos de resguardo patrimonial de la Venda Sexy o el desalojo del “Bosquecito, vivero experimental” y el hostigamiento al testigo denunciante por parte de la familia Larran. El fuerte vínculo entre el imaginario y la identidad de la comunidad local frente a las violencias perpetradas en esos lugares es valioso y genera significados en el presente:

[…] cada marca de placas, árboles, monumentos, cada marcha y manifestación; cada ley y archivo descubierto, cada proceso abierto y aceptado en los juzgados nacionales como internacionales, son territorios conquistados que podrán perdurar ciclos de vida. Los usos potenciales pueden ser muchos y variar entre lo político y lo estético, lo banal y lo sagrado. (Da Silva Catela, 2001:285)

En este sentido, la forma que la comunidad local se relaciona con determinado territorio se convierte en un elemento de suma importancia en el proceso de definirlo, por lo tanto, como un territorio de memoria. Como afirma Da Silva Catela (2014) no nos favorece la cristalización de las memorias, de manera que ir al pasado cruzando testimonios con documentos/archivos como medio para pensar la transmisión y elaboración a las nuevas generaciones, puede servir incluso a lo que plantea Todorov (2000) sobre la necesidad de generar voluntad de memoria para que estos se vuelvan efectivos espacios de memoria. En este sentido, los habitantes del territorio son los emprendedores decisivos que intervienen en los espacios en disputa y los espacios denegados, otorgándoles otros sentidos históricos y actuando en la construcción de identidades colectivas e individuales para su resguardo a futuro.

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Bárbara Lima / brb.flima@gmail.com 

Licenciada en Historia y especialista en Enseñanza de la Historia en América Latina por la Universidad Federal de la Integración Latinoamericana. Maestranda en Historia y Memoria en la Universidad Nacional de La Plata, becada por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina. Se especializa en políticas de memoria y la enseñanza de la historia.

Carlos Flores / cflorescancino@gmail.com 

Licenciado en Educación y profesor de Historia, Geografía y Ciencias Sociales por la Universidad Autónoma de Chile. Maestrando en Historia y Memoria en la Universidad Nacional de La Plata. Se especializa en estudios de historia y filosofía ambiental.

Javier Rodríguez / javierandresrodriguezmartinez@gmail.com 

Licenciado en Historia y profesor de Historia y Ciencias Sociales por la Universidad Diego Portales. Maestrando en Historia y Memoria en la Universidad Nacional de La Plata, becado por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina. Se especializa en historia indígena y estudios de memoria.


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8. Cabe destacar que la transición democrática en Argentina se destacó por la construcción e instauración de una narrativa oficial en torno a la consigna “Memoria, Verdad y Justicia” a través de organismos de DDHH, movilizaciones de gran adhesión social y políticas de reparación. Este movimiento busca procesar estatal y socialmente lo acontecido durante los años de dictadura. Esto contribuyó a la consolidación de sitios de memoria en lugares donde se llevaron a cabo crímenes de lesa humanidad. Por citar ejemplos, la ciudad de La Plata cuenta con la Casa Mariani – Teruggi, la cual habría sido una casa operativa de Montoneros, acribillada por militares y policías en 1976. También encontramos el Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos, dónde funcionó la "Comisaría 5ta." como centro clandestino de detención que formó parte del plan sistemático de apropiación de niños y niñas durante la dictadura. Véase más en: https://www.abuelas.org.ar/abuelas/espacio-memoria-ex-comisaria-ta-87. Acceso en: 22 de ago. de 2022.

9. Disponible en: https://pulsonoticias.com.ar/47823/fasacal-la-fabrica-platense-denunciada-por-quemar-y-enterrar-cuerpos-en-dictadura/. Acceso: 22 de agosto de 2022.

10. Cuando hablamos en plural en torno a los comentarios de “vecinos” nos basamos en distintos artículos periodísticos de donde hemos levantado información. Al no existir una fuente concreta en torno al caso Fasacal, hemos recurrido a la información proporcionada por distintas fuentes periodísticas. Para un ejemplo concreto véase: https://revistacitrica.com/el-extrano-en-el-bosquecito-oculto.html. Acceso en: 20 de ago. de 2022.

11. Disponible en: https://www.notaalpie.com.ar/2021/06/25/el-bosquecito-de-hernandez-en-peligro/.
Acceso: 22 de agosto de 2022.

12. En este sentido cabe destacar el trabajo de Claudia Bacci, Alejandra Oberti y Susana Skura: La vitalidad del testimonio. Acerca de la experiencia en el Archivo Oral en Memoria Abierta. En este trabajo podemos ver el valor que adquiere la formación y funcionamiento de este archivo. El aporte en materia de recuperación de fuentes testimoniales, memorias y transmisión oral.

13. Véase: […] la Ley Nº 26.691, tiene por objeto establecer un marco jurídico para la protección de aquellos Sitios respecto de los cuales existieren pruebas suficientes sobre su funcionamiento como Centros Clandestinos de Detención, Tortura y Exterminio, como así también, todos aquellos lugares donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2014). Acceso: 20 de agosto de 2022.

14. Véase la entrevista en: https://www.laizquierdadiario.com/Fasacal-la-fabrica-platense-denunciada-por-quemar-y-enterrar-cuerpos-en-dictadura. Acceso: 20 de agosto de 2022.

15. Véase el testimonio en: https://youtu.be/O3DgQnMO7Wc. Acceso: 14 de agosto de 2022.

16. Respecto a la consistencia de las pruebas la legislación actual por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, plantea lo siguiente: “ARTÍCULO 3º - Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley todos aquellos Sitios respecto de los cuales existieron pruebas suficientes sobre su funcionamiento como Sitios. A estos efectos se considerará el informe producido por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), los testimonios vertidos en procesos judiciales y los registros obrantes en el Archivo Nacional de la Memoria dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación". Acceso: 20 de agosto de 2022.

17. En este sentido, hacemos alusión al carácter clandestino, que durante más de 30 años fue silenciado por parte del testigo, pero que sin embargo hoy busca dar cuenta de los sucesos que presenció y siente el deber de hacer público, por una deuda personal con los familiares de esos desaparecidos. El video que contiene el testimonio de Juan Carlos Guillermet, véase más: https://youtu.be/O3DgQnMO7Wc. Acceso: 14 de agosto de 2022.