Ana María Presta
Comité Editor del Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”
El libro que publicó Darío Barriera con el sugerente y hasta ampuloso título de Historia y justicia. Cultura, política y sociedad en el Río de la Plata (siglos XVI-XIX) despertó inicialmente mi interés por su temática y por proceder de un colega que se había embarcado en otra de sus exploraciones transdisciplinares por fuera de su campo, como habrían dicho ciertos historiadores del derecho, para quienes la justicia y las leyes eran su patrimonio profesional y, por ende, con quienes resultaba difícil compartir un espacio de intercambio y debate, dadas las notorias diferencias de formación y, también, de distanciamiento político. Hacer Historia de la Justicia implica incursionar en la Historia del Derecho y las Instituciones. ¿Cómo atreverse a transitar por esas áreas del conocimiento en las que los historiadores, verdaderos forasteros en ambas disciplinas y carentes del título de abogado, lejos de contribuir a enriquecerlas amplificaban la vieja grieta académica? Frente a ese campo fértil de desencuentros disciplinares y personales, los historiadores generalistas y los del derecho mantuvieron, al menos en nuestro medio, una distancia y recelo que se patentizó, sobre todo, a lo largo de gran parte del siglo que nos precedió y que, según el autor, comenzaron a limarse a partir de la década de 1990.
Cierto es que hasta poco más de 30 años atrás, investigar sobre el derecho, la justicia y las instituciones no gozaba de buena prensa entre los historiadores que nos formamos en el último tercio del siglo pasado. Los manuales de instituciones tras los que se buscaba vincular desde “el estado español” en América hasta nuestra herencia colonial –tema y problema, este último, ensordecedor en la década de 1970– y muletilla reiterativa hasta el presente el primero, habían sido utilizados para resaltar la fortaleza de la administración de la monarquía católica y su larga estadía en sus posesiones de ultramar junto a las razones del “atraso”. Pese a lo que hoy observamos sin tregua mediática, la incidencia en la vida cotidiana de temas y problemas vinculados con la justicia y su articulación con el poder real, es dable notar que entre las variables de la dependencia y la colonialidad del poder, el derecho y la justicia no contaron ni cuentan como factores a considerar entre las herencias que incidieron en el diseño republicano de las ex colonias americanas y sus frágiles derroteros democráticos.
Por su propia naturaleza descriptiva y atada a los instrumentos legales e institucionales, la Historia del Derecho y la de las Instituciones resultaron útiles para anclar en la superestructura a secas, ignorando los actores que no fungieron como oficiales reales y, por ende, invisibilizando las prácticas de los sectores subalternos que, a la luz de los estudios de la bienvenida Historia de la Justicia, lejos estuvieron de desconocer sus derechos al participar en el entramado institucional colonial para pleitear, reclamar y hacerse oír, aunque mediados, aconsejados y representados por esa profusión de consejeros y profesionales, no siempre letrados, pero igualmente adictos al papel, a la maleabilidad de las normas y a un estilo de gobierno.
Igualmente afectos y dependientes de los papeles, nosotros, los historiadores generalistas, hemos aprendido a valorar y utilizar, bajo otras preguntas y hermenéuticas, desde un vocabulario hasta los corpus legales mayores, las instituciones nodales, intermedias y menores, junto a presentaciones, pleitos, demandas, juicios y oficios judiciales para abordar, rescatar y conocer los espacios y agentes locales, regionales y virreinales, que abonaron a la construcción del buen gobierno y profundizar, problematizando, la complejidad y superposición de las jurisdicciones, la variedad y jerarquía de los oficiales reales junto a la participación de los múltiples actores sociales en la densa red vincular y conflictiva de la política. Todo ello deriva en repensar la historia política, meditar sobre la versatilidad de las relaciones sociales coloniales y hasta deconstruir una pirámide obsoleta carente de una dinámica que la Historia de la Justicia contribuye a remozar.
De esto y de mucho más trata el libro que mis colegas Sergio Angeli, Víctor Brangier, Agustín Casagrande, Marta Lorente y Adrian Masters han tenido la generosidad de reseñar para nuestra Sección Notas y Debates, que presentamos junto a la respuesta y comentarios del autor. Más allá de la opinión y consideraciones de los especialistas, el de Barriera es un libro que pone en diálogo teoría y práctica jurídica, el ejercicio de gobierno local (sobre todo en Santa Fe del Río de la Plata) junto a los agentes de la administración colonial, sin soslayar disparadores domésticos actuales que conducen al autor a formularse preguntas que derivan en la reflexión sobre el pasado. El texto de Barriera es, también, un trabajo historiográfico y iushistoriográfico, generacional y político, que da cuenta del saldo acumulado de un profesional que se planta en su contexto cotidiano y recurre al largo período colonial como ciudadano e historiador para invitarse e invitarnos a sumar herramientas multidisciplinares para canalizar sus múltiples interrogantes, en los que plasma su erudición bibliográfica junto al reconocimiento de los aportes de otra/s tribus, sin dejar de informarnos a cual pertenece.